20/03/2013

ITES inspecciones técnicas de los edificios, según DECRET 187/2010

ITES inspecciones técnicas de los edificios, según DECRET 187/2010

Nuestra oficina realizará la visita y asesoramiento para realizar la ITE y dispone de industriales para la valoración de las reformas en caso detectarse deficiencias graves o no graves. 

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Consiste en una inspección técnica a la totalidad del inmueble y posterior redacción de un informe para la obtención de un CERTIFICADO DE APTITUD por parte del organismo competente donde se pueden detectar deficiencias graves o no graves que condicionaran la obtención del certificado a su reparación.

Dicho certificado será obligatorio para los edificios con una antigüedad superior a 45 años.

Plazos de ejecución:

ANTIGUEDAD DEL EDIFICIO                PLAZO MÁXIMO  
Anteriores a 1930                                   hasta 31/12/2012
Entre 1931-1950                                     hasta 31/12/2013
Entre 1951/1960                                     hasta 31/12/2014
Entre 1961-1970                                     hasta 31/12/2015
A partir de 1971                                      a los 45 años de antigüedad

Se recomienda empezar con los trámites de la ITE un plazo de 2 años antes del plazo máximo en caso de que existan deficiencias que se deban subsanar.

 
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