ITES inspecciones técnicas de los edificios, según DECRET 187/2010
Nuestra oficina realizará la visita y asesoramiento para realizar la ITE y dispone de industriales para la valoración de las reformas en caso detectarse deficiencias graves o no graves.
Consiste en una inspección técnica a la totalidad del inmueble y posterior redacción de un informe para la obtención de un CERTIFICADO DE APTITUD por parte del organismo competente donde se pueden detectar deficiencias graves o no graves que condicionaran la obtención del certificado a su reparación.
Dicho certificado será obligatorio para los edificios con una antigüedad superior a 45 años.
Plazos de ejecución:
ANTIGUEDAD DEL EDIFICIO PLAZO MÁXIMO
Anteriores a 1930 hasta 31/12/2012
Entre 1931-1950 hasta 31/12/2013
Entre 1951/1960 hasta 31/12/2014
Entre 1961-1970 hasta 31/12/2015
A partir de 1971 a los 45 años de antigüedad
Se recomienda empezar con los trámites de la ITE un plazo de 2 años antes del plazo máximo en caso de que existan deficiencias que se deban subsanar.