USO OBLIGATORIO DE CABLES CON CLASIFICACIÓN DE REACCIÓN AL FUEGO MÍNIMA CCA-S1B,D1,A1 PARA LA INSTALACIÓN INTERIOR DE VIVIENDAS DE CATALUÑA
Nueva normativa de aplicación en la Comunidad Autónoma de Cataluña, el 09 de noviembre de 2023 se publicó el DECRETO 192/2023, de 7 de noviembre, de la seguridad industrial de los establecimientos, las instalaciones y los productos.
EUno de los aspectos más destacados de este DECRETO, de especial interés para instaladores y mantenedores electricistas y que afecta directamente a las prestaciones de los cables eléctricos, es el requerimiento obligatorio que aparece en la Instrucción técnica adicional número 12,
“Instalaciones de baja tensión”, artículo 9, Instalaciones interiores de viviendas, apartado 9.4., donde se establece:
// 9.4 En las nuevas instalaciones eléctricas de interiores de viviendas, y en las modificaciones o ampliaciones de las existentes, únicamente se podrán utilizar conductores de clase mínima de reacción al fuego, Cca-s1b, d1, a1. //
Es decir, en las modificaciones, ampliaciones y nuevas instalaciones interiores de viviendas de la Comunidad Autónoma de Cataluña se deberán instalar cables que tengan una clasificación de reacción al fuego igual o superior a Cca-s1b, d1, a1.
El DECRETO 192/2023 de la Comunidad Autónoma de Cataluña incluye otra serie de modificaciones y exigencias adicionales para las instalaciones eléctricas que pueden ser del interés de proyectistas, ingenieros, instaladores y mantenedores electricistas.
Para más información:
https://dogc.gencat.cat/es/document-del-dogc/index.html?documentId=971700